En el Perú responde el dueño del animal o quien lo tenía a su cuidado en ese momento. El artículo 1979 del Código Civil establece que el dueño de un animal, o quien lo tiene bajo su cuidado, debe reparar el daño que este cause, incluso si se perdió o extravió, salvo que pruebe que el hecho ocurrió por obra o causa de un tercero. La Ley 27596, que regula el régimen jurídico de canes, refuerza la responsabilidad del propietario. La reparación cubre gastos médicos, lucro cesante y daño moral, y se puede acordar por conciliación o reclamar judicialmente. Además, la persona mordida debe recibir atención médica de inmediato y el perro queda en observación por diez días.
¿Buscas paseador en Lima? Compara perfiles y preciosPaga el dueño del perro, o quien lo tenía a su cuidado cuando ocurrió la mordida. El artículo 1979 del Código Civil peruano es explícito: el dueño de un animal, o aquel que lo tiene a su cuidado, debe reparar el daño que este cause, aunque el animal se haya perdido o extraviado, a no ser que pruebe que el evento tuvo lugar por obra o causa de un tercero. Es una responsabilidad exigente y difícil de esquivar.
Eso incluye al paseador, al cuidador temporal, al familiar que lo estaba sacando o a la guardería, si el hecho ocurrió mientras el animal estaba bajo su cuidado. La ley mira quién tenía el control efectivo del animal en ese momento, no solo quién figura como propietario en el carné.
Lo primero es lo médico, no lo legal
Aunque la herida parezca pequeña, una mordedura de perro se infecta con facilidad porque perfora en profundidad y arrastra bacterias. Lava la zona con abundante agua y jabón durante varios minutos y acude a un establecimiento de salud el mismo día. El personal médico evaluará el riesgo de rabia y de tétanos y definirá el manejo. La rabia es mortal una vez que aparecen los síntomas, y la decisión sobre profilaxis la toma exclusivamente el personal de salud, nunca el dueño del perro ni el afectado por su cuenta.
| Situación | Nivel | Qué hacer |
|---|---|---|
| Rasguño superficial sin sangrado, perro conocido y vacunado | Verde | Lavar con agua y jabón y consultar el mismo día |
| Herida que sangra poco y cierra sola | Ámbar | Atención médica el mismo día, sin excepción |
| Mordedura en mano, cara, cuello o articulación | Rojo | Atención médica inmediata por riesgo alto de infección |
| Perro desconocido, callejero o sin carné de vacunación | Rojo | Atención médica inmediata y notificar el caso |
| Sangrado que no se detiene con presión | Rojo | Emergencia ahora mismo |
| Mordedura a niño pequeño o persona mayor | Rojo | Emergencia, aunque la herida parezca menor |
| Enrojecimiento creciente, pus o fiebre a los días | Rojo | Regresar al médico de inmediato, hay infección |
Qué dice la norma sobre la responsabilidad
El eje es el artículo 1979 del Código Civil, que establece una responsabilidad objetiva del dueño o tenedor del animal. Objetiva significa que la víctima no necesita demostrar que el dueño fue descuidado: basta acreditar el daño y la relación con el animal. El dueño solo se libera si prueba que el hecho ocurrió por obra o causa de un tercero, lo que en la práctica es una defensa estrecha.
A eso se suma la Ley 27596, que regula el régimen jurídico de canes y establece obligaciones del propietario, entre ellas la responsabilidad por los daños que el animal ocasione y las reglas de tenencia para razas consideradas potencialmente peligrosas. Y si de la mordedura resultan lesiones, la vía penal por lesiones culposas puede activarse en paralelo a la reclamación civil.
Qué se puede reclamar y cuánto cuesta
| Concepto | Rango en soles | Detalle |
|---|---|---|
| Atención en emergencia de clínica privada | S/150 a S/600 | Consulta y curación inicial |
| Sutura de herida según extensión | S/200 a S/900 | Depende de zona y complejidad |
| Esquema de vacunación antirrábica humana | Variable según establecimiento | Lo define el personal de salud |
| Vacuna antitetánica y refuerzo | S/30 a S/120 | Según indicación médica |
| Antibióticos indicados por el médico | S/40 a S/180 | Solo con receta |
| Curaciones de seguimiento | S/50 a S/150 por sesión | Varias sesiones si la herida es amplia |
| Cirugía reconstructiva en heridas faciales | S/2,000 a S/12,000 | Casos graves, según evaluación |
| Lucro cesante por días sin trabajar | Según ingreso acreditado | Se prueba con boletas o recibos |
| Daño moral | Lo fija el acuerdo o el juez | No tiene tarifa preestablecida |
| Conciliación extrajudicial | S/150 a S/500 | Requisito previo usual para demandar |
Checklist para la persona mordida
- 1Lava la herida con abundante agua y jabón por varios minutos, sin frotar con fuerza, y acude a un establecimiento de salud el mismo día.
- 2Pide que el hecho quede registrado en la historia clínica como mordedura de can, con fecha, hora y circunstancias.
- 3Toma fotos de la herida en el momento y cada dos o tres días durante la evolución.
- 4Identifica al dueño del perro: nombre, documento, dirección y teléfono. Si se niega, anota la placa del vehículo o la dirección exacta.
- 5Pide ver el carné de vacunación del perro y fotografíalo, especialmente la antirrábica.
- 6Deja constancia policial del hecho en la comisaría de la jurisdicción, con tu copia sellada.
- 7Consigue datos de testigos y, si hay cámaras cerca, solicita el video antes de que se sobreescriba.
- 8Guarda todas las boletas, recetas, comprobantes de medicamentos y constancias de días no trabajados.
- 9Verifica que el perro quede en observación por diez días, que es el periodo estándar para descartar rabia.
- 10Si el dueño no responde, evalúa una conciliación extrajudicial en un centro autorizado antes de ir a la vía judicial.
Checklist para el dueño del perro
- 1Auxilia de inmediato. Ofrecer traslado y hacerse cargo de la primera atención reduce el conflicto y demuestra buena fe.
- 2Entrega tus datos completos y muestra el carné de vacunación del animal.
- 3No niegues el hecho ni te retires del lugar. La huida agrava tu posición en cualquier reclamo posterior.
- 4Mantén al perro en observación durante diez días y lleva un registro de su estado con tu veterinario.
- 5Reúne evidencia del contexto: si el animal estaba dentro de tu propiedad, si hubo provocación o si un tercero abrió la puerta.
- 6No firmes documentos de reconocimiento de deuda sin asesoría legal. Reconocer los hechos no es lo mismo que aceptar un monto.
- 7Evalúa la conciliación extrajudicial. Suele costar mucho menos que un proceso judicial y cierra el tema.
- 8Revisa si tu seguro de hogar o alguna póliza cubre responsabilidad civil frente a terceros. Muchas la incluyen sin que el asegurado lo sepa.
- 9Trabaja la conducta del perro con un veterinario y un especialista, y refuerza correa, arnés y control en la vía pública.
Después de una mordedura, el estándar sanitario es mantener al perro bajo observación durante diez días para verificar que no desarrolle signos compatibles con rabia. No implica sacrificarlo ni retirarlo del hogar en la mayoría de casos. Coordina con tu veterinario y con el establecimiento de salud que atiende a la persona afectada, porque ese seguimiento también protege al propio animal frente a decisiones apresuradas.
Situaciones que cambian el resultado
- Si la persona ingresó sin autorización a la propiedad donde estaba el perro, la responsabilidad puede discutirse.
- Si hubo provocación acreditada, como golpes o acoso al animal, eso se valora en la evaluación del caso.
- Si el perro estaba al cuidado de un tercero, ese tercero puede responder junto con el propietario o en su lugar.
- Si el animal es de una raza considerada potencialmente peligrosa, las exigencias de tenencia son mayores y su incumplimiento pesa en contra del dueño.
- Si el perro es callejero y no tiene tenedor identificable, el caso se complica y suele derivar a la vía municipal y de salud pública.
- Si la mordedura ocurrió durante un paseo contratado, el contrato o acuerdo con el paseador define parte de la discusión.
- Si hay lesiones graves, además de la reparación civil puede abrirse la vía penal por lesiones culposas.
El camino práctico para cobrar o para pagar
La mayoría de estos casos no llega a un juicio. El recorrido habitual es: atención médica documentada, constancia policial, comunicación entre las partes y conciliación extrajudicial en un centro autorizado. La conciliación es además, en muchos casos, un requisito previo para demandar por indemnización, y tiene una ventaja fuerte: el acta con acuerdo tiene mérito de ejecución, así que si después no se cumple, no hay que empezar de cero.
Si el acuerdo no se logra, la demanda por indemnización se plantea ante el juzgado que corresponda según la cuantía. Ahí pesan las boletas, el informe médico, las fotos de la evolución y la constancia policial. Cuanto mejor documentado esté el caso desde el primer día, más corto es el camino. Y en ambos lados, una consulta legal temprana cuesta menos que un proceso mal armado.
Preguntas frecuentes
¿Qué artículo del Código Civil peruano regula los daños causados por animales?
El artículo 1979. Establece que el dueño de un animal, o quien lo tiene a su cuidado, debe reparar el daño que este cause, aunque se haya perdido o extraviado, salvo que pruebe que el hecho ocurrió por obra o causa de un tercero. Es una responsabilidad objetiva, por lo que la víctima no necesita demostrar descuido del dueño.
¿El paseador responde si el perro muerde durante el paseo?
Puede responder, porque el artículo 1979 alcanza a quien tiene el animal a su cuidado en ese momento, no solo al propietario. La distribución final de la responsabilidad depende de las circunstancias y de lo que se haya acordado en el servicio. Por eso conviene contratar paseadores identificables y dejar constancia escrita del encargo.
¿Qué pasa si el perro que me mordió no tiene vacuna antirrábica?
Aumenta el riesgo sanitario y el personal de salud definirá el manejo, que puede incluir profilaxis. Es indispensable que acudas a un establecimiento de salud el mismo día y que el hecho quede registrado. Además corresponde mantener al animal en observación por diez días y notificar el caso a las autoridades sanitarias.
¿Se puede denunciar penalmente por una mordedura de perro?
Cuando resultan lesiones, puede activarse la vía penal por lesiones culposas, en paralelo a la reclamación civil por indemnización. Ambas vías son independientes. En la práctica, la mayoría de casos se resuelve por conciliación extrajudicial, sobre todo cuando el dueño auxilia desde el primer momento y asume los gastos médicos.
¿Cuánto se paga de indemnización por una mordedura de perro en el Perú?
No existe una tarifa fija. El monto lo definen las partes en conciliación o el juez, considerando gastos médicos acreditados, lucro cesante por días sin trabajar y daño moral. Los gastos médicos suelen ir de S/200 a varios miles de soles según la gravedad, y las heridas faciales o en manos elevan bastante el costo por la reconstrucción.