Si un perro muerde a tu hijo: primero atención médica inmediata (lavado de la herida y evaluación antirrábica), luego identifica al dueño y al can, pide el certificado médico legal y denuncia en la comisaría. El dueño responde civilmente por todos los gastos según el artículo 1979 del Código Civil, y el perro debe pasar observación veterinaria por 10 días para descartar rabia.
¿Buscas paseador en Lima? Compara perfiles y preciosUna mordedura a un niño es de las experiencias más angustiantes para una familia, y en medio del susto es fácil cometer errores que después complican el reclamo: no identificar al dueño, aceptar un acuerdo verbal apurado o no documentar las heridas. Esta guía ordena los pasos en el orden correcto, con la base legal de cada uno. Es orientación general: para un caso serio, consulta también a un abogado.
Paso 1: atención médica antes que todo
Lava la herida con agua y jabón durante varios minutos y acude de inmediato a un centro de salud, aunque la mordedura parezca superficial. El personal médico evaluará si corresponde vacunación antirrábica y antitetánica, y dejará constancia escrita de la atención. Esa constancia ya es tu primera prueba.
Paso 2: identifica al perro y a su dueño
- Nombre, DNI (si te lo da), dirección y teléfono del dueño o de quien paseaba al perro.
- Fotos del perro, del lugar y de las heridas, con fecha y hora.
- Datos de testigos: vecinos, otros paseantes, personal de seguridad.
- Si fue dentro de un condominio, pide que quede asentado en el cuaderno de ocurrencias o reporte de vigilancia.
- Verifica si el can tiene placa de registro municipal: facilita identificar al dueño.
Paso 3: el certificado médico legal
Para que la denuncia tenga peso, tu hijo debe pasar por el reconocimiento de Medicina Legal, que la policía o la fiscalía ordenan al recibir la denuncia. Ese certificado fija la gravedad de las lesiones en días de atención e incapacidad, y de él depende si el caso se procesa como falta o como delito de lesiones culposas.
Paso 4: denuncia en la comisaría
Acude a la comisaría del sector con el DNI tuyo y de tu hijo, la constancia de atención médica y los datos del dueño. La mordedura genera siempre responsabilidad civil del dueño (artículo 1979 del Código Civil), y puede ser delito de lesiones culposas si hubo negligencia grave: perro suelto en la vía pública, raza potencialmente peligrosa sin bozal o un animal con antecedentes de agresión. Reporta también el incidente a la municipalidad distrital, que puede multar al dueño por incumplir las normas de tenencia.
Paso 5: observación del perro por 10 días
La norma sanitaria de prevención de rabia exige que el can agresor pase observación veterinaria durante 10 días, en un centro antirrábico o bajo control verificable. Si el perro está sano al final del periodo, se descarta riesgo de rabia. No aceptes que el dueño simplemente «desaparezca» al animal: la observación protege la salud de tu hijo y define si necesita completar el esquema de vacunación.
Paso 6: la indemnización
El artículo 1979 del Código Civil es claro: el dueño del animal responde por el daño que este cause, aunque se haya escapado o perdido. No necesitas probar que el dueño actuó mal; basta probar que su perro causó el daño. Puedes reclamar:
- Gastos médicos completos: atención, medicinas, vacunas, curaciones y eventuales cirugías.
- Tratamiento psicológico si el niño queda con temor o ansiedad.
- Daño moral y daño a la persona, sobre todo si quedan cicatrices visibles.
- Gastos acreditados con boletas: guarda absolutamente todos los comprobantes.
| Paso | Dónde se hace | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Atención médica | Centro de salud u hospital | Salud del niño + constancia de atención |
| Denuncia | Comisaría del sector | Abre investigación y ordena Medicina Legal |
| Certificado médico legal | Medicina Legal (por orden policial o fiscal) | Fija la gravedad legal de las lesiones |
| Observación del can | Centro antirrábico / control veterinario | Descarta rabia en 10 días |
| Reclamo económico | Conciliación extrajudicial o juzgado civil | Indemnización del art. 1979 CC |
Es común que el dueño ofrezca pagar «la pastilla y la curación» a cambio de no denunciar. El problema: algunas complicaciones (infecciones, cicatrices, secuelas emocionales) aparecen días o semanas después. Denuncia primero, documenta todo y recién después negocia, idealmente en un centro de conciliación donde el acuerdo quede por escrito con valor legal.
¿Y si el dueño no quiere hacerse cargo?
Si no hay acuerdo voluntario, el camino es la conciliación extrajudicial (requisito previo en reclamos de indemnización) y, si fracasa, la demanda civil. Con el certificado médico legal, las boletas y la denuncia policial, tu caso es sólido. Los procesos por montos menores pueden tramitarse en juzgados de paz letrados, que son más rápidos.
Respondemos las preguntas más comunes de dueños y vecinos: mordeduras, multas, denuncias y responsabilidad civil.
Ver preguntas frecuentesPreguntas frecuentes
¿Si un perro muerde a una persona es delito en Perú?
El dueño siempre responde civilmente por los daños (art. 1979 del Código Civil). Es delito de lesiones culposas cuando hubo negligencia grave: perro suelto, raza potencialmente peligrosa sin bozal o antecedentes de agresión conocidos. La gravedad de las lesiones según Medicina Legal también pesa.
¿Quién paga los gastos médicos si un perro muerde a mi hijo?
El dueño del perro. La responsabilidad del artículo 1979 es objetiva: responde aunque el animal se le haya escapado. Cubre atención médica, medicinas, tratamiento psicológico y daño moral.
¿Qué pasa con el perro que mordió? ¿Lo sacrifican?
No automáticamente. Lo obligatorio es la observación veterinaria por 10 días para descartar rabia. El sacrificio solo se evalúa en casos extremos por la autoridad sanitaria o judicial, generalmente con animales declarados peligrosos y con ataques reiterados.
¿Dónde denuncio si un perro mordió a mi hijo?
En la comisaría del sector (abre la vía penal y ordena el examen de Medicina Legal) y en la municipalidad distrital (multa administrativa al dueño por tenencia irresponsable). Ambas vías son compatibles.
¿Cuánto puedo pedir de indemnización por una mordedura?
No hay tarifa fija: depende de la gravedad de las lesiones, los gastos acreditados, las secuelas y el daño moral. Por eso es clave guardar todas las boletas y pasar por Medicina Legal antes de negociar cualquier monto.
¿Qué pasa si el perro que mordió es callejero?
Acude igual al centro de salud para la evaluación antirrábica completa y reporta el caso a la municipalidad y al área de zoonosis del Ministerio de Salud, que puede capturar al animal para observación. Sin dueño identificable no hay reclamo civil, pero la atención sanitaria es prioritaria.