La Ley 29830 garantiza que los perros guía y de asistencia acompañen a sus usuarios en locales públicos y privados, transporte y edificios, sin costo extra. Negar el acceso es ilegal. Esto es orientación general; para tu caso consulta a un abogado.
¿Buscas paseador en Lima? Compara perfiles y preciosA una persona con discapacidad visual le pueden negar la entrada a un restaurante alegando que no se admiten perros. Eso, en Perú, es ilegal. La Ley 29830 protege expresamente el acceso de los perros guía y de asistencia a casi cualquier espacio.
Qué garantiza la Ley 29830
La Ley 29830, que promueve y regula el uso de perros guía y de asistencia, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a estar acompañadas por su perro en lugares públicos y privados de uso público, transporte y centros de trabajo y estudio.
- Acceso a restaurantes, tiendas, hoteles y locales de uso público.
- Acceso a transporte público y privado de pasajeros.
- Permanencia en edificios, centros de trabajo y de estudio.
- Sin costo adicional por el ingreso del perro.
- El usuario es responsable del comportamiento y aseo del animal.
El perro de asistencia debe estar debidamente identificado y acreditado. La acreditación respalda el derecho de acceso y evita confusiones con mascotas comunes.
Quiénes están cubiertos
No solo personas con discapacidad visual. Los perros de asistencia apoyan también a personas con otras discapacidades, condiciones de salud o necesidades específicas, según el tipo de entrenamiento del animal.
Qué hacer si te niegan el acceso
- 1Informa al personal que la Ley 29830 garantiza el acceso de tu perro de asistencia.
- 2Muestra la acreditación o identificación del animal.
- 3Si insisten en negarte, pide el Libro de Reclamaciones.
- 4Documenta la situación: nombre del local, fecha, testigos.
- 5Presenta el reclamo formal y, de ser necesario, denuncia ante Indecopi.
Para dejar constancia del incidente conviene un escrito ordenado. Puedes descargar un modelo de carta de reclamo o queja por negación de acceso en modelo.pe y adaptarlo.
Las sanciones para quien niega el acceso
| Conducta | Posible consecuencia |
|---|---|
| Negar acceso al perro de asistencia | Infracción a la Ley 29830 |
| Cobrar extra por el perro | Práctica indebida sancionable |
| Discriminación al usuario | Reclamo ante Indecopi y otras vías |
Responsabilidades del usuario
El derecho de acceso viene con deberes: el perro debe estar entrenado, limpio, controlado y acreditado. Cumplir esto fortalece tu posición si alguna vez te cuestionan el ingreso.
Llevar como perro de asistencia a una mascota sin entrenamiento ni acreditación puede invalidar el derecho y generar problemas. Esto es orientación general; consulta a un abogado ante dudas.
Si un local rechazó a tu perro de asistencia, deja constancia formal. Descarga un modelo de carta de reclamo y adáptalo con la fecha, el local y los hechos.
Ir a modelo.pePreguntas frecuentes
¿Pueden negar la entrada a un perro de asistencia en Perú?
No. La Ley 29830 garantiza el acceso de perros guía y de asistencia a locales de uso público, transporte y edificios. Negarlo es una infracción sancionable.
¿La Ley 29830 cubre solo a personas ciegas?
No solo. Cubre a personas con distintas discapacidades o condiciones que usan un perro de asistencia entrenado para apoyarlas, no únicamente perros guía para ceguera.
¿Me pueden cobrar extra por mi perro de asistencia?
No. La ley prohíbe cobrar un costo adicional por el ingreso del perro de asistencia. Hacerlo es una práctica indebida que puedes reclamar.
¿Qué hago si me niegan el acceso?
Informa sobre la Ley 29830, muestra la acreditación, pide el Libro de Reclamaciones, documenta los hechos y presenta un reclamo. Si no se resuelve, denuncia ante Indecopi.
¿Necesito acreditar a mi perro de asistencia?
Sí. El animal debe estar identificado y acreditado conforme a la normativa. La acreditación respalda tu derecho de acceso y evita confusiones con mascotas comunes.
¿Dónde consigo un modelo de reclamo?
En modelo.pe puedes descargar un modelo de carta de reclamo por negación de acceso y adaptarlo con los datos del local y los hechos.