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No recoger las heces de tu perro: multa por distrito 2026

23 de agosto de 2026·9 min de lectura·Por Equipo Paseadores.pe
Persona paseando a su perro con una bolsa en la mano por una vereda de la ciudad
Resumen

En Lima no recoger las heces de tu perro es una infracción municipal, no un delito. La multa la fija la ordenanza de cada distrito y se calcula como un porcentaje de la UIT, por lo que en 2026 los montos referenciales van de unos S/280 a más de S/840 según el distrito y la reincidencia. La notificación llega por acta del fiscalizador o del serenazgo, y tienes un plazo para presentar descargo antes de que la deuda pase a cobranza coactiva. La base general es la Ley 27596 sobre tenencia de canes, complementada por el cuadro de infracciones de cada municipalidad.

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Sí, en Lima te pueden multar por no recoger las heces de tu perro, y el monto no es simbólico. Es una infracción administrativa municipal que cada distrito tipifica en su cuadro de infracciones y sanciones. No es delito, no vas preso, pero sí genera una deuda cobrable y, si la ignoras, termina en cobranza coactiva con costas.

El detalle importante es que la multa se expresa en porcentaje de la UIT, no en soles fijos. Por eso sube todos los años sin que la municipalidad cambie nada. En 2026 la UIT se ubica alrededor de los cinco mil seiscientos soles; confirma el valor exacto vigente publicado por el MEF y multiplica por el porcentaje que diga tu ordenanza.

Qué norma se aplica exactamente

La base nacional es la Ley 27596, que regula el régimen jurídico de canes y establece deberes del tenedor en la vía pública, entre ellos mantener la limpieza. Pero la sanción concreta no está ahí: está en la ordenanza de cada municipalidad, dentro de un documento que suele llamarse Cuadro Único de Infracciones y Sanciones o Régimen de Aplicación de Sanciones.

Eso explica por qué la misma conducta cuesta distinto en San Isidro que en Comas. Cada concejo municipal fija su porcentaje. Y por eso, si te llega una papeleta, lo primero que debes buscar es el código de infracción impreso en el acta: ese código te lleva a la fila exacta de la tabla que aplicaron.

DistritoPorcentaje referencial de la UITMonto referencial
Miraflores10% a 15%S/560 a S/840
San Isidro10% a 20%S/560 a S/1,120
Barranco8% a 15%S/450 a S/840
Santiago de Surco10% a 15%S/560 a S/840
San Borja8% a 12%S/450 a S/670
La Molina10% a 15%S/560 a S/840
Jesús María5% a 10%S/280 a S/560
Lince5% a 10%S/280 a S/560
Magdalena del Mar5% a 10%S/280 a S/560
Pueblo Libre5% a 10%S/280 a S/560
San Miguel5% a 12%S/280 a S/670
Los Olivos5% a 10%S/280 a S/560
San Juan de Lurigancho5% a 10%S/280 a S/560
Comas5% a 10%S/280 a S/560
Villa El Salvador5% a 8%S/280 a S/450
Montos referenciales de multa por no recoger heces en Lima 2026. Verifica siempre la ordenanza vigente de tu distrito
Por qué estos montos son referenciales

Las ordenanzas municipales se modifican con frecuencia y varios distritos aplican descuentos por pronto pago o recargos por reincidencia. La única fuente definitiva es el cuadro de infracciones vigente publicado por tu municipalidad, o la consulta directa en su mesa de partes. Usa esta tabla para dimensionar, no para litigar.

Cómo te multan en la práctica

No hay operativos masivos por esto. Lo típico es que un fiscalizador municipal o un sereno te vea, se acerque y levante un acta en el momento, con tus datos de DNI. En algunos distritos se usa también la denuncia vecinal con foto, y ahí la notificación llega a tu domicilio días después.

  1. 1El fiscalizador levanta un acta de constatación con lugar, fecha, hora y código de infracción.
  2. 2Te piden identificarte. Negarte a hacerlo suele ser una infracción adicional, más cara que la original.
  3. 3Te entregan copia del acta o te la notifican después en el domicilio que figure en el registro municipal.
  4. 4Corre el plazo para presentar descargo, que en la mayoría de distritos es de cinco días hábiles desde la notificación.
  5. 5Si no presentas descargo, se emite la resolución de sanción y la multa queda firme.
  6. 6Si no pagas ni impugnas, el expediente pasa a cobranza coactiva con costas y gastos adicionales.

Qué hacer si te llega la papeleta

  1. 1Lee el acta completa y ubica el código de infracción. Es el dato que define todo lo demás.
  2. 2Busca ese código en el cuadro de infracciones vigente de tu municipalidad y verifica que el porcentaje aplicado coincida.
  3. 3Revisa los datos formales: tu nombre, tu DNI, la dirección, la fecha y la hora. Un error material relevante es causal de nulidad.
  4. 4Si vas a pagar, pregunta por el descuento por pronto pago. Varios distritos aplican rebajas importantes si pagas dentro de los primeros días.
  5. 5Si vas a impugnar, presenta el descargo por mesa de partes dentro del plazo, con tus argumentos y cualquier prueba.
  6. 6Adjunta evidencia si la tienes: fotos, video, testigo, o el hecho de que el acta consigna una dirección donde no estuviste.
  7. 7Pide siempre cargo sellado con fecha y hora.
  8. 8Si el descargo se rechaza, puedes presentar recurso de reconsideración o de apelación dentro del plazo que indique la resolución.
El error más caro es ignorarla

Una multa municipal no desaparece con el tiempo. Si la dejas correr, se convierte en deuda exigible y pasa a cobranza coactiva, donde se suman costas procesales y pueden aplicarse medidas de embargo. Cuesta mucho menos presentar un descargo de una página dentro del plazo que resolver el problema un año después.

Por qué la norma existe, más allá de la multa

No es solo estética. Las heces de perro en la vía pública son un vehículo real de parásitos que afectan a personas, en especial a niños que juegan en el pasto de los parques. Toxocara y giardia son los nombres que más aparecen en consultas pediátricas y veterinarias. En la humedad limeña, los huevos de algunos parásitos sobreviven mucho tiempo en la tierra.

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Además, la garúa no lava nada: la moja, la esparce y la deja pegada en la vereda. En verano el problema es distinto, el sol la seca y se pulveriza, y esa polvareda termina en el aire del parque. Cualquiera de los dos escenarios es peor que recogerla en diez segundos.

Lo práctico: que nunca te falte una bolsa

  • Amarra un dispensador de bolsas a la correa o al arnés. Si está en el cajón de la casa, no sirve.
  • Deja tres bolsas dobladas en el bolsillo de cada casaca que usas para pasear.
  • Las bolsas de pan o de supermercado funcionan igual de bien y salen gratis. La bolsa cara no recoge mejor.
  • Si el perro suele hacer dos veces en el paseo, sal siempre con al menos dos bolsas.
  • Lleva una botella pequeña con agua para enjuagar el orín en veredas y paredes de fachadas.
  • Si tu perro tiene diarrea y no puedes recoger bien, evita el paseo largo y consulta al veterinario antes de que se vuelva un cuadro serio.
  • Si contratas un paseador, confirma que recoge y que lleva bolsas propias. La multa recae en quien tiene al perro en ese momento.

El cierre

Nadie se levanta pensando en no recoger. Pasa por olvido, por bolsa que no había, por perro que se adelantó en la esquina. Pero la ordenanza no mide intención, mide el hecho. Con una bolsa en el bolsillo el tema deja de existir, y sale bastante más barato que cualquier fila de la tabla de arriba.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la multa por no recoger las heces de mi perro en Lima?

Depende del distrito. Los montos referenciales para 2026 van de unos S/280 a más de S/1,100, porque cada ordenanza fija un porcentaje distinto de la UIT. Revisa el cuadro de infracciones vigente de tu municipalidad para el monto exacto.

¿Puede multarme el sereno o solo el fiscalizador?

En la mayoría de distritos quien levanta el acta de infracción es el fiscalizador municipal. El serenazgo interviene, constata y reporta, pero la papeleta la emite el área de fiscalización según la ordenanza local.

¿Qué pasa si no pago la multa?

La sanción queda firme y el expediente pasa a cobranza coactiva, donde se suman costas y gastos. La deuda no prescribe sola en el corto plazo, así que conviene pagar con descuento por pronto pago o impugnar dentro del plazo.

¿Puedo impugnar si creo que la multa es injusta?

Sí. Tienes un plazo, en la mayoría de distritos cinco días hábiles desde la notificación, para presentar descargo por mesa de partes. Si lo rechazan, puedes presentar recurso de reconsideración o apelación según indique la resolución.

¿La multa la paga el dueño o el paseador?

Recae sobre quien tenía al perro en ese momento, porque el acta se levanta contra la persona identificada en el lugar. Si contratas un paseador, conviene dejar claro por escrito quién asume una eventual sanción.

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