El Código de Policía de Colombia, la Ley 1801 de 2016, sanciona conductas con el perro, como pasearlo sin correa, no recoger sus excrementos o permitir molestias reiteradas, y no el hecho de tenerlo. Las multas se clasifican por tipos y se expresan en unidades de referencia que cambian cada año, así que la cifra en pesos hay que verificarla en la fuente oficial. Una queja de un vecino abre un trámite y no equivale a una multa automática, porque la autoridad debe verificar los hechos y escucharte. Si crees que el comparendo es injusto, puedes presentar tus descargos.
¿Buscas paseador en Lima? Compara perfiles y preciosTener un perro no te acarrea una multa del Código de Policía. Lo que se sanciona son tus actos con él en la calle, en el edificio y frente a tus vecinos. Esa distinción ordena todo lo demás, y es la que más se pierde cuando alguien te dice «te voy a mandar un comparendo».
El marco es la Ley 1801 de 2016, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que casi todos llaman Código de Policía. La aplican la Policía y las autoridades de policía de cada municipio, como los inspectores y las alcaldías. Aquí explicamos cómo funciona para quien tiene un perro, con montos solo como categoría, porque cambian cada año.
El Código de Policía regula la convivencia y las multas. La Ley 1774 de 2016 reconoce a los animales como seres sintientes y trata el maltrato desde el derecho penal. Y la Ley 746 de 2002 fija reglas especiales para perros considerados potencialmente peligrosos. Esta guía se centra en la primera. Si tienes un perro de una raza de ese listado, tu caso tiene exigencias propias que conviene revisar aparte.
Qué conductas con perros pueden costarte una multa
- Pasearlo sin collar y correa en espacio público. Aplica a perros de cualquier tamaño, y un perro pequeño o dócil no te exime.
- No recoger sus excrementos de la vía, el parque o la zona común. Lleva siempre bolsas.
- Permitir molestias reiteradas por ruido, como ladridos durante horas, noche tras noche.
- Llevarlo a lugares donde las normas locales no admiten animales, como ciertas áreas de juegos infantiles o zonas con restricción.
- Dejarlo suelto de forma que ponga en riesgo a otras personas o animales.
- Maltratarlo o abandonarlo, que ya pasa a otro régimen mucho más severo.
La clasificación exacta de cada conducta, es decir, a qué tipo de multa corresponde, está en el texto vigente del Código y en las normas locales. Verifica la tabla oficial antes de dar por sentada una cifra.
Cómo se clasifican las multas y por qué no damos un monto
El Código ordena las multas generales en cuatro tipos, del primero al cuarto, de menor a mayor gravedad. Cada tipo equivale a un múltiplo de una unidad de referencia que se actualiza cada año, y por eso el valor en pesos cambia. Una cifra que viste en una nota de prensa de hace dos años probablemente ya no es la de hoy.
Consulta la tabla vigente en el sitio de la Policía Nacional o en la alcaldía de tu ciudad. Y recuerda que las ciudades pueden complementar el Código con normas propias sobre parques, zonas para perros y tenencia responsable.
Cuándo sí y cuándo no procede una multa
| Situación | ¿Procede la multa? | Por qué |
|---|---|---|
| Perro pequeño sin correa en la calle porque «no hace nada» | Sí puede proceder | La obligación de llevarlo con correa no depende del tamaño ni del carácter. |
| Perro suelto dentro de una zona canina habilitada por la autoridad local | Depende de las reglas del sitio | Muchas ciudades tienen áreas delimitadas donde se permite sin correa. Fuera de ese espacio rige la regla general. |
| Excremento recogido y en la basura | No | El comportamiento sancionado es no recogerlo. |
| Ladridos esporádicos | Poco probable | Un perro que ladra de vez en cuando no configura una afectación grave. |
| Ladridos reiterados de madrugada, noche tras noche | Puede proceder | El ruido persistente afecta la tranquilidad de los vecinos. |
| Un vecino te amenaza con un comparendo sin pruebas | No es automática | Una queja abre un trámite. La autoridad debe verificar los hechos y darte oportunidad de responder. |
| Tu perro lesiona a alguien | No solo multa | Respondes por daños y gastos médicos, y puede haber consecuencias adicionales sobre ti y sobre el animal. |
Cómo funciona el trámite
- 1Un agente de policía observa la conducta y emite una orden de comparendo, o se abre un trámite por la queja de un vecino.
- 2Te citan a una audiencia ante la autoridad de policía competente, que suele ser un inspector. Revisa la fecha y no faltes.
- 3Presenta tus descargos y pruebas: carné de vacunas, fotos, videos o testigos. Si hay una versión distinta de los hechos, este es el momento de darla.
- 4La autoridad decide la medida correctiva. Puede ser una multa, una actividad pedagógica u otra medida según el caso.
- 5Si la multa procede, hay plazos para pagar y para presentar recursos. Suele haber descuentos por pago oportuno o por asistir a un curso pedagógico. Verifica el porcentaje y el plazo vigentes en el sitio oficial.
- 6No ignores la multa. Si no se paga, genera intereses y puede traer consecuencias administrativas en otros trámites.
Ayuda a la persona herida, llévala a un centro de salud si lo necesita y entrégale tus datos y los de tu perro. No te vayas del lugar. Lleva el carné de vacunas, porque la autoridad de salud puede ordenar observar al animal durante unos diez días. Consulta con un abogado, porque las lesiones pueden traer consecuencias civiles e incluso penales, además de lo que establece el Código de Policía.
Cómo evitar el comparendo
- Usa collar y correa corta en la calle, siempre. Un perro bien entrenado ayuda con los vecinos, pero no te exime de llevarlo con correa.
- Lleva bolsas en el bolsillo y úsalas, aunque nadie te mire.
- Si tu perro ladra mucho, busca la causa: aburrimiento, soledad, falta de ejercicio. Un paseo largo antes de salir cambia más de lo que crees.
- Mantén al día el carné de vacunas y, si tienes una raza potencialmente peligrosa, revisa los requisitos adicionales que te corresponden.
- Si vives en propiedad horizontal, lee el manual de convivencia y recuerda que la Ley 675 de 2001 también regula tus obligaciones con el conjunto.
Lo que el Código no hace
El Código de Policía no prohíbe tener perros ni dicta qué razas puedes tener, más allá del régimen especial de las potencialmente peligrosas. Tampoco da al vecino un poder para sancionarte. Lo que sí hace es dar a la autoridad herramientas para ordenar la convivencia, y a ti un trámite donde puedes defenderte.
La mayoría de las multas por perros se evitan con tres hábitos que cuestan casi nada, correa, bolsas y atención al ruido. Si te llega un comparendo que consideras injusto, no lo ignores ni lo pagues sin leer. Revisa los hechos, junta pruebas y presenta tus descargos en los plazos que indique la orden. Y verifica la normativa vigente de tu ciudad, porque las reglas locales cambian.
Leyes, convivencia y trámites explicados país por país.
Ver guías de LatinoaméricaPreguntas frecuentes
¿Me pueden multar por pasear a mi perro pequeño sin correa?
Sí puede proceder. La obligación de llevar a los perros con correa en espacio público no depende del tamaño ni de si es dócil. La excepción son las zonas habilitadas por la autoridad local donde se permite sin correa, dentro de sus reglas.
¿Cuánto cuesta la multa por no recoger los excrementos?
El valor depende del tipo de multa que corresponda y de la unidad de referencia vigente, que cambia cada año. Consulta la tabla oficial de la Policía Nacional o de tu alcaldía. Cualquier cifra que no tenga fecha puede estar desactualizada.
¿Puede un vecino denunciarme por los ladridos?
Puede presentar una queja ante la Policía o la inspección de policía. Eso abre un trámite, no una multa automática. La autoridad debe verificar los hechos y escucharte antes de decidir. Los ladridos esporádicos son una cosa y el ruido persistente de madrugada es otra.
¿Me pueden quitar al perro por un comparendo?
Una multa por correa o por excrementos no implica que te quiten al animal. Si hay maltrato o un riesgo grave, intervienen otros regímenes y la autoridad puede tomar medidas sobre el animal. En ese caso busca asesoría de un abogado.
¿Qué hago si creo que el comparendo fue injusto?
Revisa los plazos que figuran en la orden y presenta tus descargos con pruebas, como el carné de vacunas, fotos, videos o testigos, ante la autoridad de policía competente. No lo ignores, porque una multa sin pagar genera intereses y otras consecuencias.